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Las ACTIVIDADES DE ALMACENAJE, incluidas las de materiales perecederos y alimentación requieren para su apertura, disponer de la correspondiente Licencia de Actividad por parte del Ayuntamiento donde se ubiquen.
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Los almacenajes pueden ser de productos ilimitados, desde inocuos, hasta nocivos, insalubres o peligrosos. Excepto en los almacenes de pequeño volumen inocuos (menos de 20 kW contratados), se deberá proceder también a la Legalización de sus Instalaciones Reglamentadas (electricidad, cámaras frigoríficas etc.) (ver Proyectos de Instalaciones) ante el Ministerio de Industria o sus Entidades Colaboradoras.
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Para cada tipo de Almacén se tendrán en cuenta los condicionantes normativos sectoriales específicos entre los que existen grandes diferencias, ya sea por peligrosidad, riesgo de incendio o explosión, almacenamiento de bebidas o enlatados, almacenamiento de productos químicos APQ, petrolíferos, materiales perecederos, alimentarios, etc. En algunos casos y en función del material almacenado será obligado también la Inscripción o Registro ante los Servicios Territoriales específicos de la Comunidad Autónoma.
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Para adaptar los locales a la Actividad a realizar, puede ser necesario solicitar Licencia de Obras (ver Proyectos de Obras) que se tramitará conjuntamente.
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INGENIERÍA FONT confecciona y tramita la documentación técnico-administrativa para que su Almacén quede legalizado en su totalidad.
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